Restricciones al derecho a la protesta en Colombia

En el contexto de un aumento de la violencia y ataques armados en Colombia, el Ministerio del Interior ha presentado un proyecto de decreto que permite a la Policía Nacional disolver manifestaciones de inmediato, eliminando la necesidad de mediar antes de actuar. Esta medida sustituye al Decreto 003 de 2021, que priorizaba la negociación social antes de cualquier intervención de las fuerzas del orden.
Con esta nueva normativa, la intervención de la fuerza pública se puede realizar al detectar bloqueos o problemas de movilidad, desestimando el papel de los gestores de convivencia. El Puesto de Mando Unificado asumirá el control operativo sin requerir la presencia de organismos de derechos humanos, lo que genera alarmas sobre posibles abusos.
Las organizaciones sociales han expresado que este decreto erosiona las garantías establecidas en el artículo 37 de la Constitución, abriendo la puerta a una represión más sistemática de las voces disidentes. La falta de diálogo previo podría intensificar el uso excesivo de la fuerza, recordando los graves incidentes de violencia policial que se vivieron durante el Paro Nacional de abril y julio de 2021.
El decreto también introduce un enfoque punitivo hacia las familias, estableciendo sanciones para quienes lleven menores a las marchas. Esta medida impacta particularmente a comunidades campesinas, indígenas y trabajadores informales, que suelen movilizarse colectivamente debido a la escasez de recursos de protección en sus áreas.
Legisladores y defensores de derechos humanos han denunciado este proyecto como un "incentivo criminal al desastre", advirtiendo que la eliminación del diálogo previo podría reactivar prácticas represivas en el país, alineándose con una mentalidad de seguridad nacional.
Asimismo, exfuncionarios del Ministerio del Interior y diversas organizaciones sociales han cuestionado este movimiento del gobierno, considerándolo como un retroceso en los derechos civiles y en la gestión de conflictos sociales.