Nuevo precio de diésel: el Gobierno lo establece en Bs 18 por litro

El Gobierno boliviano ha dado a conocer el Decreto Supremo N° 5676, que establece un nuevo sistema de comercialización de diésel para clientes directos y grandes consumidores (GRACOS). La medida tiene como objetivo reducir el impacto financiero sobre el Estado debido a los costos de importación de combustibles.
El precio referencial inicial del diésel se fijó en Bs 18 por litro, un monto que ya incluye el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Este precio se aplicará tanto a las ventas realizadas directamente por YPFB como a las estaciones de servicio que vendan a usuarios directos.
Es importante destacar que este nuevo precio no afecta a los consumidores regulares, quienes seguirán pagando los precios establecidos por los decretos 5516 y 5652, que permanecen sin cambios.
El precio del diésel podrá ser ajustado diariamente, teniendo en cuenta los costos de importación y los impuestos aplicables. El Ministerio de Hidrocarburos y Energías será el encargado de aprobar la metodología para calcular este precio, y el ente regulador deberá publicarlo diariamente en su página web.
Las estaciones de servicio cuentan con un plazo de hasta dos días hábiles para adaptar sus sistemas de facturación a este nuevo esquema. Durante este tiempo, los usuarios directos podrán adquirir el diésel únicamente en las plantas de almacenamiento de YPFB o YPFB Logística al precio fijado.
Además, el decreto especifica que los fondos generados por la diferencia entre el nuevo precio referencial y el precio mayorista deberán ser depositados a favor de YPFB, a través de los procedimientos que la empresa estatal defina.
El Gobierno justificó esta medida citando el aumento de los costos de importación de diésel, la fluctuación de precios en el mercado internacional y la variabilidad del tipo de cambio, buscando así mitigar la carga fiscal sin comprometer el abastecimiento interno.
El decreto también establece la eliminación del Gravamen Arancelario a 0% hasta el 31 de diciembre de 2027 para ciertas gasolinas destinadas a motores de vehículos.
El Decreto Supremo 5676 fue firmado el 16 de agosto de 2026 en el Palacio de Gobierno y asigna la responsabilidad de su implementación a los ministerios de Economía y Finanzas Públicas y de Hidrocarburos y Energías.